5.1 SOCIEDADES
MERCANTILES
Sociedad Mercantil es el acuerdo que hay
entre dos o más personas para la realización de un fin común mediante la
aportación de capital en dinero o en especie y según el marco legal
establecido, con personalidad jurídica distinta a la de los miembros que la
integran y con derechos y obligaciones definidas en su actuación.
Es aquella sociedad
que tiene por objeto la realización de uno o más actos de comercio o, en
general, una actividad sujeta al derecho mercantil. Se
diferencia de un contrato de sociedad civil.
Historia
El estudio de las
sociedades mercantiles en México es importante ya que teniendo el conocimiento
de los derechos y obligaciones que la legislación Mexicana en materia de sociedades mercantiles ofrece, es
mas fácil dirigir y orientar una empresa en México.
Ahora bien, se podría
resumir en tres grandes etapas económicas el desarrollo de las sociedades
mercantiles:
▪
etapa comercial
▪
etapa industrial
▪
etapa financiera
En la etapa comercial aparece la
sociedad de personas en forma rudimentaria formada en su mayoría por
familiares.
En la etapa industrial aparecen las sociedades de capitales.
En la etapa financiera la
sociedad de capitales es la más sobresaliente, especialmente la sociedad anónima.
Concepto
Sociedad mercantil es un sujeto de
derecho dotado de una personalidad jurídica distinta de las personas físicas
que la forman. De la misma manera que las personas naturales (físicas), las
sociedades o entes colectivos (personas morales), tienen una personalidad
jurídica que se identifica al considerarse como sujetos de derechos y deberes. Las personas que se
unen para conformar una Sociedad Mercantil pueden ser:
▪
Personas morales
▪
Personas físicas y morales
La persona física también llamada persona
natural, es todo hombre o mujer con capacidad de goce y de ejercicio.
La persona moral es una entidad formada por dos o
mas personas físicas, para la realización de los fines colectivos, a la que el
derecho reconoce capacidad para tener derechos y obligaciones.
Las personas físicas o
morales que se unen para formar la sociedad deberán aportar: efectivo, especie,
conocimientos, trabajo o la combinación de lo anterior, buscando un fin lícito
y preponderadamente económico. Las personas que integran una sociedad
mercantil, están obligadas mutuamente a darse cuenta de todas y cada una de las
operaciones que realice la misma, dentro de los ejercicios sociales.
Clasificación
de las Sociedades Mercantiles
Atendiendo a la responsabilidad de los socios
“Aquellas en donde los
socios responden de las obligaciones sociales hasta por el monto de sus
aportaciones, tal es el caso, por ejemplo, de la sociedad de responsabilidad
limitada, sociedad anónima, etc.
b) Sociedades de responsabilidad ilimitada: “Aquellas en la cual,
los socios responden de las obligaciones sociales hasta coqn su patrimonio
personal, por ejemplo sociedad en nombre colectivo”.
c) Sociedades de responsabilidad mixta: “Aquellas en los
cuales uno a mas socios responden de las obligaciones sociales limitadamente, y
otro u otros socios responden ilimitadamente, por ejemplo la sociedad en
comandita simple”.
SOCIEDADES MERCANTILES
Clasificación económica
Desde el punto de vista
económico, se distinguen entre sociedades personalistas y sociedades capitalistas.
En las personalistas
se tienen en cuenta las condiciones personales del socio. En las capitalistas lo que importa es el
dinero aportado, no teniéndose en cuenta las condiciones personales del socio.
Clasificación jurídica
De acuerdo con la forma
jurídica adoptada por las empresas, se pueden clasificar en sociedad anónima, sociedad de responsabilidad
limitada, sociedad colectiva y sociedad comanditaria.
La sociedad anónima es una sociedad capitalista, cuyas principales características
son las siguientes:
- El capital está dividido
en acciones que representan partes iguales del mismo y otorga a su titular la condición de socio. Las acciones son
negociables y de fácil transmisión.
- El capital mínimo exigido
para constituirse una sociedad anónima es de 10.000.000 de ptas., y se desembolsará, al menos el 25 por 100 por
acción al constituirse la sociedad.
- La responsabilidad está
limitada por la aportación efectuada por cada socio.
- La gestión la decide la
mayoría del capital.
- El numero de socios es de
tres como mínimo, sin que exista un máximo.
- Su objetivo e lucro.
La sociedad de responsabilidad
limitada
es una sociedad capitalista
y su elemento principal es el capital aportado por los socios.
- El capital se divide en
participaciones sociales iguales, acumulables e indivisibles que no pueden incorporarse a títulos negociables ni
denominarse acciones.
- El capital social mínimo
es de 500.000 ptas., que serán desembolsadas en su totalidad.
- La responsabilidad está
limitada por la aportación efectuada.
- La gestión la decide la
mayoría del capital
- El número de socios no
podrá se superior a 50 y no responderán personalmente de las deudas sociales.
La sociedad colectiva es una sociedad
personalista dedicada a la explotación de una industria mercantil. Sus características principales son:
- Los socios responden con
todos sus bienes particulares (presentes o futuros) de las deudas de las sociedad.
- La gestión de la sociedad
se encomienda a todos los socios. Cabe que los socios pacten quién debe ser
gestor.
- No existe limite máximo
de socios y el mínimo es de dos.
- No existe mínimo legal de
capital.
La sociedad comanditaria
es una variedad de la
sociedad de responsabilidad colectiva y se caracteriza por ser la sociedad en que uno o varios sujetos aportan
un capital determinado al fondo común para estar a
las resultas delas operaciones sociales dirigidas exclusivamente por otros en nombre colectivo;
es decir la sociedad comanditaria cuenta con dos clases de socios:
limitadamente de las deudas
sociales sólo con su aportación de capital.
2. Y los socios colectivos,
que dirigen y gestionan la sociedad, aportan o no capital y responden con todos sus bienes particulares
de las deudas de las sociedad.
Las Cooperativas son
asociaciones abiertas y flexibles, de hecho y derecho cooperativo, de la Economía Social y Participativa,
autónomas, de personas que se unen mediante un proceso y acuerdo voluntario, para hacer frente a sus necesidades y
aspiraciones económicas, sociales y culturales comunes, para
generar bienestar integral, colectivo y personal, por medio de procesos y empresas de propiedad electiva,
gestionadas y controladas democráticamente.
TIPOS DE
COOPERATIVAS
Podemos mencionar las
siguientes:
(Construcción, Asistencia
Técnica y Profesional, Comercialización, Servicios
Educativos, Servicios Médicos, Turismo, entre otras)
(Producción Agrícola,
Pecuaria, Pesquera, Minera, de Bienes, Artesanía).
PROTACCIÓN SOCIAL
(Funerarios, Farmacia,
Servicios Populares y Solidarios, entre otros).
TRANSPORTE
(Transporte Público de
Pasajeros, Transporte de Carga, Transporte Fluvial, Transporte Aéreo, Transporte Turístico).
CONSUMO
(Compra y Venta de
Productos para Asociados y Terceros de la Cooperativa).
(Ahorro y Crédito entre los Asociados).
(Construcción de Vivienda
para Asociados).
ORIGEN DE LAS
COOPERATIVAS
En el tiempo de la
prehistoria, los hombres vivían reunidos en pequeñas comunidades, aisladas y separadas unas de otras. Entonces no se conocían
los conflictos sociales, las luchas de clases, ni problemas
similares. Para vivir en perfecta paz y armonía, a los hombres les bastaba con esa solidaridad espontánea que forma parte
de su propia naturaleza.
surgieron las cooperativas, que son organizaciones ideadas por
la inteligencia humana para aprovechar eficazmente esa gran potencia espiritual que es la cooperación.
FUNCIONES DE LAS COOPERATIVAS
- Aprovechar los descuentos
de compras al mayor y vender los productos a sus miembros a los costos de adquisición aumentando sólo en una
pequeña porción para cubrir los gastos generales de operación.
- Aumentar indirectamente
el salario de los asociados.
- Distribuir las ganancias
entre sus socios de acuerdo a la proporción de compras que ha realizado cada socio.
- Desarrollar diversas áreas
para todos aquellos bienes que pueden ser adquiridos en
mejores condiciones para el
consumidor.
IMPORTANCIA DE LAS COOPERATIVAS
Es importante ya que
permite a las organizaciones perfeccionarse cada vez más
hasta llegar a constituir una cooperación, para crear
asociaciones de personas que unen sus recursos individuales para satisfacer necesidades comunes a ellas. Por ello, si las personas no poseen los recursos
para producer sus productos de consume deben actuar en equipo, lo cual se logra por medio de las cooperativas.
¿QUIÉNES CONFORMAN LAS COOPERATIVAS?
Está integrada con un
mínimo de cinco socios.
COORDINADOR GENERAL: Encargado de analizar y discutir las propuestas
de las diferentes coordinaciones, tomar las decisiones
en las Asambleas, velar por su cumplimiento e informar sobre las diferentes las actividades desplegadas en la
Cooperativa.
COORDINADOR DE ADMINISTRACIÓN:
Se encarga de presidir las
reuniones de la
Coordinación General,
administra los recursos de la cooperativa y trabaja conjuntamente con otras coordinaciones.
COORDINADOR DE VIGILANCIA Y CONTROL:
Encargado de ejercer la
supervisión de todas las actividades de la sociedad e
inspeccionar que todos los recursos de la cooperative se administren de la mejor manera.
COORDINADOR DE AHORRO Y CRÉDITO:
Encargado de manejar los
ahorros de la Cooperativa.
TESORERO:
Persona encargada de
administrar los recursos financieros de la organización.
SECRETARIO DE ACTAS:
Encargado de llevar un
registro de todas las Asambleas (ordinarias y
extraordinarias) de la cooperativa.
Las cooperativas son
sociedades no mercantiles que surgen para realizar una actividad económica-social, y por tanteo opera el
principio de solidaridad.
La gestión está encomendada
al Consejo Rector, que a su vez está controlado por la Asamblea General de Sociedades. La aportación social es de capital y trabajo. Hay libre adhesión y separación de los socios. El capital social
es variable y la
responsabilidad se
determina en los estatutos.
5.3 ASOCIACIONES CIVILES
Se puede definir la
sociedad civil como el contrato por el cual dos o más personas se obligan a poner en común
dinero, bienes o industria con ánimo de repartir entre sí las ganancias.
El término sociedad civil, como
concepto de la ciencia política,
designa a la diversidad de personas con categoría de ciudadanos que actúan
generalmente de manera colectiva para tomar decisiones en el ámbito público que
conciernen a todo ciudadano fuera de las estructuras gubernamentales.
La sociedad civil
contiene un elemento institucional definido básicamente por la estructura de
derechos de los estados de bienestar contemporáneos, y un elemento activo,
transformador, constituido por los nuevos movimientos sociales.
Tradicionalmente,
siguiendo el concepto de Alexis de
Tocqueville, se identifica "sociedad civil" con el
conjunto de organizaciones e instituciones cívicas voluntarias y sociales que
fungen como mediadores entre los individuos y el Estado.
Esta definición
incluye, pues, tanto a las organizaciones
no lucrativas u organizaciones
no gubernamentales como a las asociaciones
y fundaciones .
Según Enrique Brito Velázquez, la sociedad civil es
"el conjunto de ciudadanos organizados como tales para actuar en el campo
de lo público en busca del bien común, sin ánimo de lucro personal ni buscar el
poder político o la adhesión a un partido determinado.
5.4
INSTITUCIONES PUBLICAS Y PRIVADAS
INSTITUCIÓN: cuerpos normativos, jurídicos y
culturales, conformados por un conjunto de ideas, creencias, valores y reglas
que condicionan las formas de intercambio social.
Las
instituciones son estructuras y mecanismos de orden social y cooperación que
gobiernan el comportamiento de un grupo de individuos (que puede ser reducido o
coincidir con una sociedad entera). Las instituciones trascienden las vidas e
intenciones humanas al identificarse con la permanencia de un propósito social,
y gobiernan el comportamiento humano cooperativo mediante la elaboración e
implantación de reglas.
El término
institución se aplica comúnmente a las normas de conducta y costumbres
consideradas importantes para una sociedad, como las particulares
organizaciones formales de gobierno y servicio público. Como estructuras y
mecanismos de orden social en la especie humana, las instituciones son uno de
los principales objetos de estudio en las ciencias sociales, como sociología,
ciencia política y economía. Las instituciones son un tema de estudio central
para el derecho, el régimen formal para la elaboración e implantación de reglas.
La creación y
evolución de las instituciones es un asunto central para la historia, y una de
sus principales secciones es la historia de las instituciones. El
institucionalismo es un enfoque particular o tendencia de algunas de estas
ciencias sociales.
El término
institución no tiene por qué ser un lugar físico. Hay muchos grados de
instituciones, formales e informales. El estudio de estas instituciones es de
gran valor para entender muchos comportamientos políticos, económicos, etc.
empresas
e instituciones que dependen del Estado
en una economía
nacional. La actividad económica del sector público abarca todas aquellas
actividades que el Estado
y sus empresas posee o controla. El papel y el volumen
del sector público
dependen en gran medida de lo que en cada momento se considera que constituye
el interés
público.
El estudio de la
administración pública como la actividad del Estado, permite rebasar las
visiones
introspectivas y
gerenciales del Poder Ejecutivo, frecuentemente inclinadas a equiparar el
proceso administrativo interno del gobierno, con el
proceso administrativo de la empresa privada. En vez de buscar
la identidad de principios
y prácticas en el gobierno y la empresa privada, la Ciencia de la
Administración Pública observará la acción del Estado sobre la
reproducción de las condiciones y relaciones de producción mercantil; es decir, las condiciones materiales
y sociales en las cuales se desarrolla la empresa privada. El gobierno procura condiciones materiales
adecuadas y estimulantes a la empresa privada, a la par de que
contribuye a reproducir las
relaciones entre el capital y el trabajo en el interior de la empresa.
El campo de acción de la administración pública depende de la política, pero como ciertos estados emprenden algunas actividades por medio de
empresas públicas y otros las dejan a la iniciativa de los particulares.
SECTOR PRIVADO:
parte de la
economía de un país que no pertenece o no está controlada por el Estado. En el
sector privado se incluyen las sociedades
anónimas, sociedades de responsabilidad
limitada, corporaciones, trabajadores autónomos, fundaciones, etc.
La administración privada
es el producto no sólo de la necesidad de dirección del trabajo asociado, sino
de
la necesidad del dominio de
ese mismo trabajo. Por lo tanto, en la misma forma como en la acción
gubernamental se plasman en
unidad la política y la administración, en la administración privada se
concretan en unidad la
dirección y el dominio.
es aquella que es desempeña
por quienes se ocupan de las personas y del patrimonio de los particulares. La administración pública ejerce la autoridad
del Estado, actúa y restringe en
cualquier lugar donde la
necesidad y la seguridad lo reclaman.
La administración pública
aplica la coerción y se apoya en el uso de la fuerza
física. Esta condición es histórica, se desconocía en la Edad
Media donde el Estado aún
estaba proceso de formación y permitía que los particulares incautaran los
bienes, y que se produjeran
las venganzas familiares y las guerras entre los señores feudales.
DIFERENCIA ENTRE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y EMPRESAS PRIVADAS.
se encuentra en la relación
entre los intereses generales y los intereses particulares. En un punto medio situado entre ambos, fluyen diversas e
importantes cuestiones. Si consideramos que la nación es un organismo político, y la sociedad el conjunto de
las clases y los individuos, entonces la diferencia de los intereses de ambos es muy importante porque la
nación y la sociedad tienen relaciones estrechas: "el Estado goza del bienestar
de la sociedad y padece sus males, y la sociedad necesita con frecuencia del auxilio del Estado".
"La administración
pública y la administración privada no producen los mismos efectos ni tienen
las mismas cualidades. La una es esencialmente
general, extendiéndose uniformemente sobre todas las clases de la sociedad y el territorio, o al menos sobre sus
divisiones orgánicas: provincias, distritos, municipios, que tienen su normas legales y
sus ordenanzas magistrales. La otra, por el contrario, es ordinariamente local, ligada al domicilio de las personas que de ellas
se ocupan, y sólo excepcionalmente extiende sus ramificaciones por la asociación por la cual es muy variada. Cada cual
puede elegir el método que mejor le cuadre, sin que haya generalmente decisiones autoritarias que la
sujeten, dejándose todo a la previsión y a la voluntad del interesado".
BIBLIOGRAFIA
Y fuentes ELECTRONICAS
Blunstchli, Gaspar. Derecho
Público Universal. Madrid, J. Góngora Impresor. Sin año (1876). Dos tomos.
Tomo I, pp. 150.
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